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MTC renueva reglamento: ¿Qué cascos y chalecos sí están permitidos?

El MTC confirmó nuevas especificaciones para cascos y chalecos de motociclistas, autorizando visores polarizados y accesorios faciales para una conducción más segura y cómoda.

Nuevas reglas del MTC para motociclistas: cambios en uso de cascos y  chalecos ya están vigentes - Exitosa Noticias

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones anunció la actualización del reglamento para motociclistas mediante la Resolución Directoral N° 0028-2025-MTC/18, una medida que moderniza las normas de seguridad y reconoce las necesidades reales del conductor. Entre los cambios más importantes destaca la autorización del uso de cascos con visores o lentes polarizados, que antes solo podían ser transparentes.

Además, el MTC ahora permite el uso de accesorios faciales como pasamontañas, mascarillas o protectores diseñados para resguardar del viento, frío, sol o polvo. Esta actualización busca mejorar la seguridad vial y reducir la gravedad de lesiones en caso de accidentes, sin afectar la comodidad del motociclista.

Visores polarizados y accesorios faciales autorizados: MTC anuncia nuevas  reglas para cascos y chalecos de motociclistas | Sociedad | La República

El ministerio también precisó cuáles son los cuatro tipos de casco permitidos en el país. Estos son: integral, modular o abatible, tipo jet y off-road o motocross. En paralelo, se enfatizó que cascos de bicicleta, skate, industriales, decorativos, sin certificación o con daños estructurales quedan totalmente prohibidos por no ofrecer protección adecuada.

Según la Organización Mundial de la Salud, los cascos certificados reducen hasta en 40% el riesgo de muerte y en 70% las lesiones graves. El MTC recordó que no usar casco o lentes protectores es una infracción G.59, sancionada con una multa de S/428.40, puntos en el récord del conductor y la retención de la moto.

Visores polarizados y accesorios faciales autorizados: MTC anuncia nuevas  reglas para cascos y chalecos de motociclistas | Sociedad | La República

Sobre el chaleco distintivo, el MTC aclaró que solo será obligatorio cuando exista un estado de emergencia por orden interno y que así lo establezca expresamente un decreto supremo. No portar el chaleco cuando corresponda, o llevarlo sin la placa visible, constituye infracción G.68 y G.69, ambas con multa de S/428, puntos en la licencia y retención del vehículo.

Con esta actualización, el MTC reconoce la realidad del motociclista y flexibiliza reglas que generaban confusión, sin descuidar la seguridad vial. La autorización de visores polarizados y accesorios faciales representa un avance importante para una conducción más cómoda, segura y adaptada.

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