Aunque la norma entró en vigencia en Lima y Callao, la Policía reconoció que existen situaciones específicas que no fueron sancionadas de manera automática.

Desde el martes 21 de enero comenzaron a aplicarse las multas por circular con dos personas adultas en una motocicleta en Lima Metropolitana y el Callao, en el marco del estado de emergencia. La infracción fue clasificada como muy grave (M-41) y contempló una sanción de S/660, que se duplicó a S/1.320 en caso de reincidencia, además del descuento de 50 puntos en el récord del conductor.
Sin embargo, el director de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la PNP, general Humberto Alvarado, precisó que la Policía aplicó criterios de evaluación en determinados casos, pese a que el decreto no estableció excepciones expresas. La prohibición estuvo dirigida únicamente al traslado de dos adultos en motocicletas de las categorías L1 y L3.

Entre las principales situaciones no sancionadas automáticamente, el general explicó que se evaluó el traslado de menores de edad debidamente identificados, aplicando un criterio de discrecionalidad policial. Según indicó, esta interpretación buscó evitar tanto sanciones injustas como el uso indebido de niños con fines delictivos.
Asimismo, Alvarado señaló que la mayoría de motocicletas eléctricas no estuvieron comprendidas en la restricción, debido a su cilindraje. No obstante, aclaró que estos vehículos permanecieron sujetos a verificación, conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Tránsito.

Durante los controles, varios motociclistas expresaron su rechazo a la norma, señalando que afectó actividades cotidianas y laborales, como el traslado de familiares al trabajo o centros de estudio. Otros cuestionaron su eficacia y advirtieron que la medida estigmatizó a los usuarios de motocicletas, sin atacar directamente el problema de la delincuencia.



