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Solicitar pase especial laboral

Durante el Estado de Emergencia, se limita la libertad de tránsito. Si te encuentras en los departamentos Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios o Áncash, deberás solicitar un Pase laboral para desplazarte a tu centro de trabajo, en el caso de que realices actividades económicas autorizadas por el gobierno.

En caso prestes servicios esenciales en cualquier parte del Perú y necesites movilizarte en el horario de inmovilización social obligatoria, también será necesario portar el pase laboral. Esto solo está permitido para actividades como prestación de servicios de abastecimiento de alimentos, salud o medicinas; servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles o telecomunicaciones; limpieza y recojo de residuos sólidos; servicios funerarios; transporte de carga y mercancías; prensa escrita, radial o televisiva.

Toma en cuenta el horario de inmovilización social obligatoria:

  • En Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios o Áncash, de lunes a sábado de 8:00 p. m. a 4:00 a. m., y los domingos, todo el día.
  • En los demás departamentos, es de lunes a domingo, de 10:00 p. m. a 4:00 a. m.

El pase laboral no autoriza el uso de vehículo particular, cuyas condiciones han sido fijadas por el Decreto Supremo Nº 046-02020-PCM. Sin embargo, tendrás la opción de solicitar un pase vehicular solamente en los siguientes casos:

  • Vehículos pertenecientes a los servicios de alimentación (adquisición, producción y abastecimiento) y distribución para la venta al público, empleando los siguientes medios de transporte: camiones, furgonetas, camionetas pick up y camionetas panel.
  • Vehículos pertenecientes al personal del sector salud.
  • Vehículos de las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.
  • Vehículos de las empresas dedicadas a garantizar los servicios públicos y de bienes y servicios esenciales que den continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, tecnología crítica indispensable, limpieza y recojo de residuos sólidos, o servicios funerarios.
  • Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y contratados para el transporte de personal de prensa escrita (distribución de periódicos y revistas), radial o televisiva; siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
  • Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center) que atiendan servicios vinculados a la emergencia por COVID-19, debidamente acreditados.
  • Vehículos que realizan el servicio de traslado de choferes de transporte urbano masivo de pasajeros (Pro Transporte y línea 1 del tren eléctrico).
  • Vehículos que realizan el traslado del personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.
  • Vehículos de servicios de vigilancia de empresa privada y de transporte de dinero, valores y caudales, autorizados por SUCAMEC.
  • Vehículos dedicados al servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas y servicios logísticos de apoyo al transporte de carga, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Incluye también aquellas actividades o servicios de comercio exterior necesarios para la importación y exportación de mercancías.
  • Vehículos para actividades de producción, abastecimiento o distribución de insumos para actividad agropecuaria o agraria, o venta y alquiler de maquinaria o servicios complementarios.
  • Vehículos de empresas dedicadas a pesca industrial (consumo humano indirecto), producción temporal, industrias de vidrio, forestal, papel y cartón, plásticos y hielo, ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipos e industria metalmecánica o de sustancias químicas básicas o almacenamiento de uno de los mismos.
  • Vehículos de personas que brinden servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
  • Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros, entre otros.

Toma en cuenta que los datos que ingreses al formulario deben ser verdaderos y que autorizas a la Policía Nacional del Perú y a las Fuerzas Armadas a hacer la validación correspondiente. Además, podrán solicitarte documentación adicional para validar la veracidad de la información y, si lo creen conveniente, podrán negarte el permiso. Si verificaran que tu información es falsa, incurrirás en un delito con consecuencias penales (protocolo aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 304-2020-IN).

Completa el formulario con tus datos, así como el número de RUC de tu empleador y selecciona el motivo de la solicitud. Según las funciones que desempeñes, tendrás la opción de solicitar un pase vehicular ingresando el número de placa del vehículo. Una vez validemos la información, obtendrás tus pases especial laboral y vehicular. El documento será vigente por dos días, luego de esto podrás renovarlo.

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